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El Bono Cultural Joven incluirá prensa, revistas y suscripciones digitales entre sus usos

26 | MAYO
2026

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula el Bono Cultural Joven, que amplía sus usos a nuevos productos y servicios culturales e incorpora, dentro de las modalidades de ayuda, la compra de prensa, revistas y otras publicaciones periódicas en soporte físico, así como suscripciones digitales a prensa, revistas y publicaciones periódicas.

Incluir a los medios de comunicación en el Bono Cultural Joven fue una petición que CLABE trasladó al presidente del Gobierno y al entonces ministro de Cultura, Miquel Iceta, en 2021 y que se ha mantenido desde entonces.

El Bono Cultural Joven permitirá también adquirir instrumentos musicales, materiales para la creación artística, así como cursos presenciales y en línea relacionados con la cultura y las artes. Estos nuevos usos se suman a los ya previstos en las cuatro ediciones anteriores: artes en vivo y audiovisuales, patrimonio cultural, productos culturales en soporte físico y consumo digital o en línea.

A partir de la edición de 2026, las personas que soliciten el Bono Cultural Joven podrán elegir entre dos modalidades. La primera permitirá destinar los 400 euros de ayuda a una sola categoría: cursos y talleres de contenido cultural en modalidad presencial y en línea; instrumentos musicales, medios de creación y material artístico, hasta un máximo de 400 euros.

La segunda modalidad repartirá la ayuda entre tres áreas. La primera, con un máximo de 200 euros, estará destinada a artes en vivo y audiovisuales, patrimonio cultural, medios de creación artística y material artístico. En esta categoría se incluyen entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones, cursos presenciales sobre materias relacionadas con la cultura, festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, instrumentos musicales, partituras musicales, cámaras fotográficas y programas informáticos orientados específicamente a la producción, creación y práctica creativa.

La segunda área, con un máximo de 100 euros, estará destinada a productos culturales en soporte físico, como libros, revistas, prensa u otras publicaciones periódicas, videojuegos, discos de vinilo y CDs.

La tercera, también con un máximo de 100 euros, se dirigirá al consumo digital o en línea. En este apartado se incluyen suscripciones a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales; la compra de audiolibros, libros digitales, canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música; la suscripción para descarga de archivos multimedia, incluidos pódcast; cursos en línea sobre materias relacionadas con la cultura, y suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas.

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