El gobierno ha aprobado un proyecto de RD, sujeto a consulta pública hasta el 6 de septiembre, para “determinar, por primera vez, con carácter no transitorios los equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada; las cantidades que los sujetos deudores y responsables solidarios deberán abonar por este concepto a los sujetos acreedores; y la distribución de la compensación equitativa entre las distintas modalidades de reproducción (libros y publicaciones asimiladas, fonogramas y videogramas)”.
El RD incluye “entre los sujetos acreedores de la compensación equitativa a los editores de publicaciones de prensa y revistas”.
El Proyecto de Real Decreto establece la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada prevista en el artículo 25 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, las cantidades aplicables a cada uno de ellos y la distribución entre las distintas modalidades de reproducción.
Además, el real decreto cuenta con tres disposiciones finales. La primera lleva a cabo una serie de modificaciones necesarias en el Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, con el objetivo de: modificar el artículo 2 para incluir entre los sujetos acreedores de la compensación equitativa a los editores de publicaciones de prensa, revistas y partituras; precisar en el artículo 4.1 la distribución de la compensación en la modalidad de fonogramas según la categoría del sujeto acreedor; y, finalmente, llevar a cabo ciertas mejoras técnicas en los artículos 6, 8 y 11. La segunda, se refiere al título competencial y, la tercera y última, a la entrada en vigor.
- Fecha de inicio de aportaciones: 29/07/2022
- Fecha límite para la presentación de aportaciones: 06/09/2022
- Correo electrónico donde se pueden enviar las aportaciones: consulta.copiaprivada@cultura.gob.es